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Empadronarse en Madrid. Requisitos y documentación

Tecleando en el ordenador haciendo papeleo para empadronamiento
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Índice del artículo

¿Vives en Madrid y vas a cambiarte de domicilio?

Tienes que saber que todo ciudadano que vaya a residir más de seis meses en Madrid debe empadronarse en esta ciudad. Si te encuentras en esta situación y tienes dudas sobre cómo llevar a cabo los trámites burocráticos y los requisitos necesarios, sigue leyendo. Los abogados de familia del bufete G. Elías y Muñoz nos han preparado una completa guía práctica que te ayudará a resolver todo el papeleo.

Requisitos para empadronarse en Madrid

En España es obligatorio estar empadronado en la localidad donde se reside. El padrón municipal es un registro de personas que vive en ese lugar. Madrid está dividido en distritos municipales y cada uno de ellos gestiona su propio padrón urbano.

¿Quién puede solicitar el empadronamiento en Madrid?

    • Las personas mayores de edad pueden solicitar su propia inscripción o la de sus miembros de la familia, como pareja e hijos en común.
    • También pueden solicitar el empadronamiento los representantes legales de las personas mayores de edad o de aquellos que se encuentran incapacitados legalmente.

los trámites de empadronamiento en Madrid se pueden hacer de varias maneras distintas.

Empadronarse de forma presencial

Debes dirigirte a cualquiera de las oficinas de Atención a la Ciudadanía. Línea Madrid, pero solicitando antes cita previa.

Una vez tengas la cita, debes acudir con la hoja padronal, así como otros documentos que veremos más adelante.

Para pedir cita previa,  se puede hacer de las siguientes formas:

    • Vía Telefónica. Para llamadas desde el municipio de Madrid hay que marcar el 010. Y desde fuera, el 91 5298210. Teléfonos gratuitos ambos, que funcionan las 24 horas, los 7 día a la semana.
    • Presencial. En las oficinas de Atención a la Ciudadanía.
    • Internet. En la página web oficial de www.madrid.es

Rellenando solicitud para empadronarse

Empadronarse online

Se puede acceder a este servicio a través de la web municipal para altas y cambios de domicilio en el padrón municipal, seleccionando «atención a la ciudadanía» y la gestión deseada.

Sin identificación electrónica

    • Solicitud de volante de empadronamiento: se remitirá por correo postal al domicilio de empadronamiento en el plazo aproximado de diez días.
    • Solicitud de certificado de empadronamiento: se remitirá igualmente por correo postal, en el plazo de quince días aproximadamente.

Con identificación electrónica

Se admite dos modalidades para la identificación y firma electrónicas:

    • DNI o Certificaos electrónicos, que son validados a través del sistema estatal Cl@ve.
    • Usuario y contraseña de Ayuntamiento de Madrid.

Empadronarse por correo ordinario

Muy sencillo. Solo hay que enviar la petición a esta dirección: Subdelegación General de Estadística. Servicio de Padrón de Habitantes. C/ Augusto Figueroa nº 36, 1ª planta. 28004 Madrid.

Una vez realizado el trámite, se remite un volante de empadronamiento en el domicilio de la persona solicitante.

¿Qué documentos hay que presentar?

Qué necesito para empadronarme:

Estos son los documentos que se deben presentar para empadronarse en Madrid.

Solicitud de empadronamiento

Hoja padronal debidamente rellenada y firmada por todas las personas mayores de edad.

Documentos para acreditar la identidad

En el caso de ser españoles

Habrá que presentar los siguientes documentos:

    • DNI o pasaporte en vigor para los mayores de 14 años. La persona que va personalmente llevará el original y fotocopias para el resto de los que se van a empadronar.
    • Para los menores de 14 años, hay que presentar el libro de familia o certificado de nacimiento original, junto al DNI o pasaporte si lo tuvieran.
En el caso de extranjeros
    • Si son ciudadanos de la Unión Europea o de países como Noruega, Suiza, Islandia o Liechtenstein, deben presentar el NIE junto al pasaporte.
    • Si son de nacionalidad rumana y no se presentan físicamente, tendrán que presentar el pasaporte.
    • Los ciudadanos de otras nacionalidades deberán presentar el pasaporte o permiso de residencia, con el documento original.
    • En el caso de menores extranjeros que hayan nacido en España, hasta los tres meses, hay que presentar el libro de familia o certificado de nacimiento. Si tienen pasaporte, también.
    • Si son menores con más de tres meses, se presentarán los mismos documentos que para los mayores extranjeros.
    • Si los menores no han nacido en España, los documentos a presentar serán los mismos que en caso de mayores extranjeros.

Persona con varios pasaportes en la mano

Documentos para acreditar el uso de la vivienda

Cuando se quiere empadronar en Madrid uno de los documentos obligatorios que hay que presentar están relacionados con la vivienda.

  • Escritura o contrato de compraventa
  • Contrato de alquiler que esté en vigor.
  • Última factura de la compañía de teléfono fijo, del gas, electricidad u otro suministro que se haya formalizado el año anterior.

Documentos para acreditar la representación

En este caso hay que presentar el escrito en el que conste la representación para poder actuar en nombre del interesado, con su firma acreditativa. Si se van a empadronar ambas personas en el mismo domicilio, bastaría con firmar la hoja padronal del representado y representante.

Si además, hay otras personas empadronadas en el domicilio y residen en la vivienda, además de estos documentos, deben aportar el documento que acredite la ocupación de esa vivienda y firmando el apartado de autoización de la hoja patronal.

En el caso de que el representado sea un menor, hay que llevar el libro de familia o certificado de nacimiento y la solicitud de empadronamiento, si lo hace con sus dos progenitores.

No olvides que el Ayuntamiento de Madrid podrá exigirte documentos adicionales para comprobar la veracidad de los datos contenidos en el padrón municipal.